lunes, 7 de febrero de 2011

PROCESO DE ELECCION DE DELEGADOS DE PREVENCION

1: Acudir a la Inspectoría del Trabajo con los Anexo 1 y 2 para notificar al Inspector del Trabajo de la voluntad de los trabajadores de elegir a los delegados.

Anexo 1. Es la notificación al Inspector del Trabajo de la voluntad de los trabajadores de elegir a los delegados o delegadas de prevención.

Deben hacerse dos originales de cada anexo, uno quedará en poder del Inspector del Trabajo y otro que será entregado al Inpsasel posterior a la elección de los delegados para el registro de los mismos.

Esta notificación (Anexo 1) va respaldada con las firmas de los trabajadores de la empresa. Debe ser firmada por más de un trabajador, a no ser que la empresa sea de solo 01 trabajador.

En ella hay que tener cuidado en diferenciar entre lo que se denomina centro de trabajo, establecimiento o unidad de explotación: (local, sede, ejemplo) y lo que es la empresa, institución o cooperativa (nombre legal de la empresa).

Una vez entregado el Anexo 1, los trabajadores tienen 30 días hábiles para realizar las elecciones.


2. Notificación al empleador.

Anexo 2. Notificación al empleador interesado el propósito de los trabajadores y trabajadoras de elegir los delegados o delegadas de prevención.

Esta notificación va dirigida al máximo representante del empleador (ejemplo, al gerente general) y es firmada y sellada por el Inspector del Trabajo al mismo tiempo que lo hace con el Anexo 1. Recuerde llevar dos originales al Inspector del Trabajo.

Desde este momento inicia el amparo de inamovilidad laboral, en consecuencia, los trabajadores amparados no podrán ser despedidos, trasladados o desmejorados en sus condiciones de trabajo, sin justa causa.


3. Elección de la Comisión Electoral

Para iniciar la elección de delegados o delegadas se sugiere que posteriormente (o incluso antes) a la entrega del Anexo 1, elegir una comisión electoral que se encargue de organizar y dirigir el proceso de elecciones, para ello debe usarse el Anexo 6.


Se recomienda que los miembros de la comisión electoral no sean ni candidatos a delegados, ni personal de confianza de la empresa, ni directivos de la misma.

La comisión electoral estará conformada por un(a) secretario(a) y un(a) presidente(a).


4. Convocatoria a elecciones

Posteriormente se debe hacer una convocatoria a elecciones de delegados la cual la hacen los trabajadores con el apoyo logístico y económico de la empresa, para ello se debe hacer uso del Anexo 3. La convocatoria debe contener la fecha y hora estipulada para la elección de delegados de prevención.

Se sugiere que la misma (el Anexo 3) sea leída y firmada por la mayoría del personal (aunque la hoja tiene poco espacio para ello) y que se saquen copias de la convocatoria firmada para ser publicada en varias áreas de la empresa donde sea visible por todo el personal. La original debe guardarse para incluirse en el paquete de formatos a llevar al Inpsasel a la hora de registrar los delegados electos, aunque este anexo no aparece entre los formatos y requisitos exigidos para esto.


5. Postulación de candidatos mediante la Boleta de Votación.

5.1 La postulación podrá realizarse mediante el llenado del Anexo 5.


Pueden postularse todos los trabajadores que así lo deseen, fijos o contratados, con excepción de los empleados de dirección y trabajadores de confianza.

5.2 Deberán elaborarse Boletas de Votación (Anexo 4) donde se indique como mínimo, la foto, el nombre y apellido de los candidatos a ser electos como delegados o delegadas de prevención.


6. Preparación de las elecciones.

6.1 Mesas de Votación
La comisión electoral deberá establecer el número de mesas de votación necesarias para el normal desarrollo del proceso de elección.

Esto dependerá de la cantidad de trabajadores, de los horarios de trabajo, e incluso, de las distancias entre las mesas electorales y el lugar de trabajo. En la ley no existe un criterio establecido para la apertura de mesas de votación considerando cada uno de estos ítems, de esta forma queda a manos de la decisión de la comisión electoral y a la conveniencia de los trabajadores el establecimiento del número de mesas electorales.

Se recomienda preparar con suficiente anticipación todos los elementos requeridos en las mesas de votación, entre estos se pueden incluir:

Cuadernos de votación
Suficientes Boletas de Votación
Actas de Escrutinio
Actas de Apertura de Mesa. (Anexo 7),
Urna Electoral. Caja cerrada.
Módulo de Votación (para preservar el secreto del voto)
Almohadilla para huella dactilar
Lapiceros para comisión electoral
Lapiceros para votantes.
Agua y refrigerios para comisión electoral


6.2 Cuaderno de votación
Deberán elaborarse con el tiempo necesario los cuadernos de votación (Anexo 8) que contenga como mínimo la siguiente información: nombre y apellidos de los trabajadores que tienen derecho a sufragar, cédula de identidad, firma de los trabajadores, huella dactilar y un espacio reservado para la colocación de la palabra ?VOTÓ? o ?NO ASISTIÓ? según corresponda.


7. Proceso de elección

7.1 Apertura de las mesas de votación:
Las comisión electoral deberá aperturar las mesas de votación a la hora fijada para tales efectos, dejando constancia en acta (Anexo 7), de los siguientes datos: fecha y hora de apertura de cada mesa de votación, nombres, apellidos y cédula de identidad de los trabajadores presentes al momento de la apertura de la mesa, y cualquier otro dato que se considere relevante para el proceso.


7.2 Votación:

Los trabajadores al momento de la votación deberán

Identificarse en la mesa de votación respectiva. Para ello se requiere algún documento de identidad que preferiblemente puede ser la cédula.
Serán verificados en los cuadernos de votación elaborados al efecto.
Se les suministrará la boleta de votación y explicará brevemente cómo marcar la opción de su preferencia. Se debe reiterar el número de votos posibles por cada elector.
El trabajador se trasladará al lugar destinado a tal fin y votarán de manera directa y secreta.
Seleccionará el o los candidatos de su preferencia usando la boleta destinada para ello.
Depositarán su voto en la caja cerrada utilizada como urna electoral.

El votante firmará y colocará la huella dactilar en el cuaderno de votación como constancia de haber ejercido el derecho al voto y se colocará la palabra ?VOTÓ?, en la casilla correspondiente.

Una vez concluido el acto de votación se procederá a colocar la palabra ?NO ASISTIÓ? en las casillas del cuaderno de votación correspondientes a los electores que no hayan concurrido a ejercer su derecho al voto.


7.3. Escrutinio de votos:

El escrutinio de los votos será público y se realizará en presencia de los trabajadores, los candidatos y del funcionario o funcionaria que supervise la realización de las elecciones, dejándose constancia en acta suscrita por los presentes (Anexo 9) de lo siguiente:

· Lugar, fecha y hora de inicio de la fase de escrutinio de votos;

· Identificación de las personas que realizan el escrutinio de votos (Nombre, apellido, cédula de identidad y el carácter con que actúan).

· Número de votos validos para cada uno de los candidatos;

· Número de votos nulos, considerándose como tales cuando:

- El elector marque fuera del óvalo o marque de tal manera que sea imposible determinar la intención de voto del elector.

- No aparezca marcado ningún óvalo en la boleta electoral.

- Aparezca marcado en la boleta electoral, un número de óvalos superior al número de cargos a elegir.

- La boleta electoral se encuentre mutilada o destruida con pérdida de sus datos esenciales impidiendo la determinación de la intención de voto del elector.

· Indicación de los trabajadores electos como delegados o delegadas de prevención (Indicar nombre, apellido y número de cédula).

· Cualquier otro dato que se estimare relevante.

· El original del acta levantada y el cuaderno de votación, acompañará el registro que a tales efectos llenará el funcionario que supervise las elecciones, pudiendo los trabajadores elegidos obtener copia tanto del registro como del acta de escrutinio. El funcionario que reciba la documentación y haga el registro, emitirá copia de éste al empleador y hará el ordenamiento a los fines de que se constituya, registre y acredita el Comité de Seguridad y Salud Laboral.
 
Nota: todos los anexos se encuentran en la Guia tecnica de prevención Nº 1 emanada del INPSASEL

PROGRAMA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Son muchas las dudas que surgen en torno a este tema, ya que toda empresa debe poseer un Programa de Seguridad y Salud Laboral, que se encuentre en concordancia con la LOPCYMAT, y que se lleve a cabo, lo cual es quizá el paso más difícil en la elaboración de un programa: La implementación, debido a que un Programa de Seguridad es todo el compendio de la Gestión de Seguridad que una empresa lleva a cabo. Anteriormente llamado “Programa de Higiene y Seguridad Industrial”, esta documentación se venía elaborando en base a la Norma Covenin 2260-88 o su revisión del 2004. 
 
Al analizar la LOPCYMAT y su reglamento, contra la Norma Covenin 2260-04, nos damos cuenta que hay discrepancias entre una y otra, entonces, en este caso lo más conveniente para la empresa es elaborar su Programa de Seguridad en concordancia con lo establecido en la LOPCYMAT y su Reglamento. Primero, hay que empezar por saber ¿qué es un Programa de seguridad?, ¿Para que sirve?, y ¿Por qué NO debe faltar en ninguna empresa?: ¿Qué es?, según el Articulo 82 del Reglamento de la LOPCYMAT, el Programa de Seguridad, “es el conjunto de Objetivos, acciones y metodologías en materia de promoción, prevención y vigilancia de la seguridad en el trabajo.” ¿Para que sirve?, Este debe ser elaborado para que sea una guía en lo que se refiere a la gestión de Seguridad de la empresa, es decir, los pasos que deben ser dados por la empresa para mantener la Seguridad y la Salud Laboral. ¿Por qué NO debe faltar en ninguna empresa?, el programa es la documentación más importante en la gestión de Seguridad de cualquier empresa, su elaboración está contemplada en el Articulo 61 de la LOPCYMAT y en el articulo 119 de la misma Ley esta contemplado como una Infracción Grave, que puede ser sancionada con multas que van desde 25 a 75 Unidades Tributarias, por Trabajador afectado, por tanto este será el primer documento que le exijan al momento de una inspección del Inpsasel, así que sí aún no lo tiene, ¡HÁGALO!. 
 
Lo ideal, es que el Programa de Seguridad sea elaborado por un especialista en el área, como un Ing. Industrial o un T.S.U en Higiene y Seguridad Industrial, quienes son los profesionales más capacitados y Certificados por el Inpsasel para la correcta elaboración de esta documentación. En el Reglamento de la LOPCYMAT, el articulo 82 “Contenido del Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo”, especifica los puntos que debe contener el Programa, los cuales desarrollaremos para aclarar su elaboración: 
 
1. Descripción del proceso de trabajo (producción o servicios): Se debe realizar una descripción del Proceso que lleva a cabo la empresa, puede realizarse a través de flujogramas, diagramas o cualquier otro, y especificar en cada paso del Proceso productivo los productos o servicios que se generan a través de este. 
 
2. Identificación y evaluación de los riesgos y procesos peligrosos existentes: A través de la descripción del proceso productivo de la empresa se debe extraer, e identificar los procesos peligrosos existentes en la empresa y evaluar los riesgos que estos procesos representen a los trabajadores de la empresa. En este caso, deben referirse obligatoriamente los procesos que sean considerados de mayor riesgo en la empresa, no así procesos que no sean considerados como de alto riesgo. 
 
3. Planes de trabajo para abordar los diferentes riesgos y procesos peligrosos, los cuales deben incluir como mínimo: 
 
a) Información y capacitación permanente a los trabajadores, las trabajadoras, los asociados y las asociadas: Deben especificarse los planes de capacitación que la empresa lleva a cabo, por ejemplo, sí la empresa ABC realiza su capacitación a través de una charla mensual, o reparte volantes con información de Seguridad, debe especificarse, el plan anual que se lleva a cabo, con los temas a tratar,
fechas, lugares, entre otros detalles. 
 
b) Procesos de inspección y evaluación en materia de seguridad y salud en el trabajo: Los procesos de Inspección deben comprender los formatos de inspecciones, la periodicidad de las inspecciones, quien realizará las inspecciones como se manejaran los resultados, entre otros detalles que sean inherentes a las inspecciones de Seguridad que se realicen en la empresa. 
 
c) Monitoreo y vigilancia epidemiológica de los riesgos y procesos peligrosos: El programa debe especificar quién realizará, la vigilancia y monitoreo epidemiológica de los riesgos y procesos peligrosos existentes en la empresa, anteriormente descritos. En este caso será el Servicio de Seguridad y Salud Laboral quien se encargue de este aspecto. 
 
d) Monitoreo y vigilancia epidemiológica de la salud de los trabajadores y las trabajadoras: Este punto comprende la descripción del proceso referente a las historias medicas de los trabajadores, desde su ingreso a la empresa (Exámenes Pre-Empleo), Exámenes Periódicos (Pre y Post Vacacionales), Exámenes de Egreso, enfermedades y/o accidentes más comunes en la empresa, entre otros. Este proceso debe por el Servicio estar bajo la responsabilidad del Servicio De Seguridad Laboral. 
 
e) Reglas, normas y procedimientos de trabajo seguro y saludable: Aquí debe estar descrita toda la normativa de Seguridad establecida en la empresa, así como también la normativa de seguridad establecida para la realización de Tareas especificas dentro de la empresa. 
 
f) Dotación de equipos de protección personal y colectiva: Debe describirse los procedimientos que se llevan a cabo para la dotación de equipos de protección personal de acuerdo a la tarea que realice el trabajador, así como los formatos y registros de estas dotaciones. 
 
g) Atención preventiva en salud ocupacional: En este punto se debe describir el procedimiento que se lleva acabo en la empresa para la prevención de enfermedades ocupacionales en los trabajadores de la Empresa, descripción de los procedimientos llevados a cabo por el Servicio de Seguridad Laboral. 
 
h) Planes de contingencia y atención de emergencias: Se deben describir los procedimientos llevados a cabo en caso de una emergencia, a quien llamar, las rutas de Escape de la empresa, y todo lo inherente en planes de emergencia.
 
i) Personal y recursos necesarios para ejecutar el plan: Aquí se deben detallar el personal de la empresa que estará a cargo de la seguridad en la empresa, y las responsabilidades que tienen cada uno de los trabajadores dela empresa, en materia de Seguridad. 
 
j) Recursos económicos precisos para la consecución de los objetivos propuestos: En este punto la empresa debe hacer una relación, de los gastos que realiza en materia de Seguridad contra la facturación o cualquier otro indicador de entrada de la empresa, por ejemplo, cuanto invertirá en el plan de Capacitación Anual, cuanto invertirá en el mantenimiento de los sistemas de emergencia, cuanto invertirá en la dotación de Equipos de Protección Personal, en el Servicio de Seguridad y Salud Laboral, entre otros. 
 
k) Las demás que establezcan las normas técnicas. 
 
4. Identificación del patrono o patrona y compromiso de hacer cumplir los planes establecidos: Al final debe haber un compromiso firmado, por parte del patrono para hacer cumplir todo lo indicado en el programa. También recuerde que todos los formatos que tengan que ver con la seguridad, deben ser presentados en el Programa. Este programa debe ser revisado y Aprobado tanto por el Comité de Seguridad y Salud Laboral, los empleados de la empresa, como por el Inpsasel. Por ultimo recuerde que el Programa de Seguridad debe ser un reflejo de lo que debe cumplirse en toda empresa en materia de Seguridad.